San Francisco de
Campeche a 23 de abril de 2018.
Aranza Sánchez.
Derechos humanos.
Los derechos humanos son derechos
inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad,
lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o
cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin
discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes
e indivisibles.
Los derechos humanos universales
están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los
tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y
otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los
derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar
medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada
forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las
libertades fundamentales de los individuos o grupos.
- Todos
los seres humanos nacen libres e iguales.
- Todas
las personas tienen los derechos proclamados
en esta carta.
- Todo
individuo tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad.
- Nadie
será sometido a esclavitud ni a servidumbre.
- Nadie
será sometido a penas, torturas ni tratos crueles o inhumanos.
- Todo
ser humano tiene derecho al reconocimiento
de su personalidad jurídica.
- Todos
tienen derecho a la protección contra la discriminación.
- Toda
persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales.
- Nadie
podrá ser detenido, desterrado ni preso arbitrariamente.
- Toda
persona tiene derecho a un tribunal independiente e imparcial.
- Toda
persona tiene derecho a la presunción de inocencia y a penas
justas.
- Toda
persona tiene derecho a la privacidad, la honra y la reputación.
- Toda
persona tiene derecho a la libre circulación y a elegir libremente
su residencia.
- Toda
persona tiene derecho al asilo en cualquier país.
- Toda
persona tiene derecho a una nacionalidad y a cambiar de
nacionalidad.
- Todos
los individuos tienen derecho a un matrimonio libre y a la
protección de la familia.
- Toda
persona tiene derecho a la propiedad individual o colectiva.
- Toda
persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y
religión.
- Todo
individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
- Toda
persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación.
- Toda
persona tiene derecho a participar, directa o indirectamente, en
el gobierno de su país.
- Toda
persona tiene derecho a la seguridad social.
- Toda
persona tiene derecho al trabajo y la protección contra el
desempleo.
- Toda
persona tiene derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre.
- Toda
persona tiene derecho al bienestar: alimentación, vivienda, asistencia
médica, vestido y otros servicios sociales básicos.
- Toda
persona tiene derecho a la educación y al libre
desarrollo de la personalidad.
- Toda
persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de su
comunidad.
- Toda
persona tiene derecho a un orden social que garantice los
derechos de esta carta.
- Toda
persona tiene deberes con respecto a su comunidad.
- Nada
de esta carta podrá usarse para suprimir cualquiera de
los derechos.
OK MUY BIEN
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